El pasado mes de marzo han sido convocadas en el BOPA ayudas para la mejora de la presencia online de las empresas del sector turístico.
Abarcan tanto la creación y desarrollo de páginas Web, como la actualización y mejora de las ya existentes.
Los requisitos que deben cumplir son los siguientes:
- Pequeñas y medianas empresas radicadas y con actividad en el Principado de Asturias.
- El plazo de presentación de solicitudes junto con la documentación finaliza el 1 de Junio de 2017. Debiendo presentarse las facturas originales de la inversión junto con los justificantes de pago en esta fecha.
- Las webs deberán de cumplir los siguientes requisitos:
- Disponer de dominio propio registrado a nombre de la entidad solicitante de la subvención.
- Cumplir con el estándar W3C, debiendo alcanzar el nivel AA en el Test de Accesibilidad Web.
- Incluir el logotipo de “Asturias Paraíso Natural” en un lugar visible en la home, incorporando un enlace a la Web Oficial de Turismo del Principado de Asturias.
- La web deberá tener como primer idioma el español, pero tendrá que estar traducida a otros dos idiomas. Siendo uno de ellos el inglés.
- Incorporar en la home un Widget o código HTML, de al menos dos redes sociales, que se mantengan activas en las que el establecimiento participará como estrategia empresarial de marketing.
- Tratarse de un establecimiento inscrito en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado de Asturias y hacer referencia a ello.
- No tener elementos emergentes publicitarios de terceros.
- Disponer de un mapa Web, navegación por menús y georreferenciación del establecimiento.
- Disponer de información detallada sobre el negocio. Indicando la presentación del mismo, localización y contacto, información de los productos o servicios ofertados. Además se deberá indicar de manera explícita los precios y temporalidad de los mismo y formulario de contacto que no requiera de un cliente de correo externo.
- Incluir las cláusulas de protección de datos personales pertinentes en todos los formularios de recogida de datos, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Cumplir con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico.
- Ser compatible con distintos navegadores y dispositivos.
- Disponer de un sistema de analítica web (Google Analytics).
- Las webs deben ser dinámicas y contar con un gestor de contenido que permita actualizarlas.
- Disponer de un sistema de reserva on-line o en su defecto información actualizada sobre disponibilidad en un formato de calendario.
Además, se valorará el atractivo de la Web. Que tenga un aspecto visual cuidando especialmente que las imágenes mostradas sean actuales y motivadoras. Además dentro del objeto de subvención se encuentra la adquisición de reportajes fotográficos y videográficos destinados a la renovación de la imagen visual de la misma.
En cuanto a la cuantía de la ayuda, será de como máximo del 40% del importe total, sin exceder en ningún caso los 2.500 euros.
Para consultar el boletín del BOPA donde han sido publicadas haz clic aquí.