Regulación Patinetes Electricos

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Desde el pasado 2 de enero ha entrado en vigor una serie de medidas que regulan la circulación de los patinetes eléctricos en el ámbito nacional.

En este enlace de la revista de la Dirección General de Tráfico puedes ver las medidas más detalladas. Nosotros te las detallamos a continuación:

  • Pasan a considerarse vehículos tanto los patinetes como todos los vehículos de movilidad personal (con una única plaza y una o más ruedas). Es por ello por lo que deberán cumplir todas las normas de circulación. Quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida.
  • Queda prohibida la circulación por la acera de los patinetes eléctricos. Asimismo no pueden circular por vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías y túneles urbanos.
  • Su velocidad deberá estar comprendida entre los 6 y 25 kilómetros por hora.
  • Los VMP necesitarán un certificado de circulación para acreditar que cumplen los requisitos técnicos que dictará la Dirección General de Tráfico próximamente. Os mantendremos informados de este punto.

Desde Alperi Asesores os invitamos a realizar con nuestros profesionales otro tipo de trámites de Tráfico que os puedan surgir.