¿Darse de baja como autónomo en verano?

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Ahora que llega el verano a los autónomos también os llega una época de menor carga de trabajo y, en determinadas ocasiones de no tener ninguna actividad.

Por regla general es durante este periodo estival cuando a algunos autónomos les ronda por su cabeza la posibilidad de darse de baja en el régimen de Autónomos de la Seguridad Social, para así evitar tener que pagar la cuota del RETA durante los meses de verano de julio y agosto.

Si eres autónomo y estas pensando en la posibilidad de darte de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos durante este verano, es mejor que primero tengas en cuenta un par de consideraciones:

  • Pérdida de bonificaciones:

    si actualmente tienes una bonifican en el pago de tu cuota como autónomo a la seguridad social, al darte de baja durante este periodo, perderás esta bonificación. Por tanto, cuando en septiembre vuelvas a reanudar tu actividad la cuota de autónomos, por regla general, ya no la tendrás bonificada.

  • No puedes deducir gastos:

    aunque la actividad es menor durante estos meses de verano, siempre van a existir unos gastos fijos que tendrás que soportar (teléfono, alquiler de local, consumos de agua, electricidad, etc); pues has de tener en cuenta que si te das de baja no podrás deducir estos gastos que corresponden a estos meses.

Además de todo lo expuesto anteriormente, el alta y baja en el régimen de autónomos lleva consigo la presentación de formularios ante Hacienda (modelo 037) y la Tesorería de la Seguridad Social (modelo TA.0521), para lo cual es recomendable que cuentes con los servicios de un asesor fiscal o contable profesional que te pueda asesorar la baja y posterior alta como autónomo.

Una vez que conoces cuales pueden ser los inconvenientes a los que te enfrentes si te das de baja en el RETA, tienes que sopesar si te es conveniente darte de baja durante los meses de verano o seguir con la actividad de alta.