Gastos que puede deducirse un autónomo en su declaración

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Las dudas que surgen al trabajador autónomo sobre que gastos te puedes deducir en tu declaración de la renta son patentes en muchos casos. Con esta breve guía lo que queremos conseguir es que tengas un poco más claro cuáles son los gastos que tu como autónomo puedes deducirte en el ejercicio de tu actividad. Estos son:

  • Los gastos de explotación, es decir, los gastos en los que incurras para llevar a cabo la actividad: compras de mercaderías, combustibles, material de oficina, etc.
  • El importe del pago del alquiler donde desarrollas la actividad empresarial o profesional.
  • Los gastos financieros derivados del pago de interés de préstamos o créditos con entidades financieras (bancos, cajas de ahorros…).
  • Los intereses de aplazamientos de impuestos que se hayan llevado a cabo con la Agencia Tributaria.
  • Los gastos en los que se incurran en materia de formación.
  • Las cotizaciones a la Seguridad Social, tanto las tuyas propias como autónomo (RETA) como las cotizaciones de tus trabajadores.
  • Los sueldos y salarios que pagues a tus trabajadores, así como posibles dietas, indemnizaciones por despido, etc.
  • Los servicios que contrates de profesionales externos: asesores, abogados o community manager entre otros.
  • La amortización del inmovilizado también la podrás incluir en tu declaración como gastos deducible.
  • Los gastos procedentes de suministros: agua y electricidad.
  • Servicios de telefonía (fija y móvil) e Internet.
  • Las primas de seguros.

Además de todos estos gastos, todo aquel gasto en el que incurras como consecuencia del desarrollo de tu actividad profesional o empresarial podrás deducírtelo en tu declaración de IRPF. Aunque si tienes cualquier duda, lo mejor será que te pongas en manos de un profesional que te asesore para tu caso en particular.

En el supuesto de que seas un autónomo en estimación directa simplificada del IRPF, tienes que tener presente que el límite anual de deducción en concepto de gastos de difícil justificación se sitúa en 2.000 euros.

 

Para cualquier duda o consulta que necesites en relación con tu declaración del IRPF, estamos a tu disposición:

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