Los diez errores más frecuentes en el borrador de la Renta

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Previamente a que confirmes el borrador de la Renta es recomendable que repases los errores más frecuentes que Hacienda puede haber tenido al no incluir correctamente todos los datos fiscales, así como tus circunstancias familiares. Es probable que seas uno de los contribuyentes a los cuales el borrador les salga a devolver, pero no por ello confirmes inmediatamente, porque si revisas las reducciones y deducciones a las que tienes derecho es probable que Hacienda te tenga que devolver una cantidad mayor.

Estos son los diez errores más habituales que se cometen a la hora de confirmar el borrador:

  1. Situación familiar.

    Por regla general el borrador no tiene en cuenta los cambios que pueda haber durante el año pasado en tu estado civil, si has tenido hijos, etc. Es conveniente que lo tengas en cuenta para no perder posibles deducciones o reducciones a las que puedas acogerte.

  2. Conjunta o individual?

    Si estas casado, independientemente del tipo de tributación que aparezca reflejado en el borrador, es recomendable que analices todas las opciones posibles, y optes por la opción más beneficiosa para los dos, ya sea haciendo la declaración de forma individual o conjunta.

  3. La deducción por alquiler.

    Aunque para los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2015 no es aplicable la deducción por alquiler de vivienda habitual, si has firmado el contrato con anterioridad podrás seguir disfrutando de esta deducción.

  4. Deducción por inversión en vivienda habitual.

    En este caso ocurre similar a la deducción por alquiler de vivienda. Si has adquirido tu vivienda habitual con fecha anterior al 1 de enero de 2013 podrás seguir disfrutando de la deducción vivienda habitual. Por tanto, comprueba que todos los datos este correctamente introducidos en tu declaración.

  5. Rendimientos del trabajo. 

    Conviene comprobar que todos los datos son correctos y se corresponden con el certificado de retenciones que te ha facilitado tu pagador. Además deberás de incluir las cuotas que hayas pagado a sindicatos o los gastos de defensa jurídica en el supuesto de que hayas incurrido en un juicio.

  6. Las ganancias patrimoniales. 

    Si durante el año 2015 has vendido una vivienda de tu propiedad, has vendido acciones, has sido beneficiario del plan PIVE para la compra de un coche, etc. entonces tiene que aparecer reflejado en tu declaración de la renta la ganancia patrimonial que hayas obtenido.

  7. Donaciones. 

    ¿Has realizado una donación a una ONG? Pues entonces tenla en cuenta a la hora de realizar tu declaración, porque tras la reforma fiscal la deducción aumento hasta el 50% de los primeros 150 euros donados y el 27,5% para el resto. Si la donación la has realizado a una fundación legalmente reconocida, la deducción será del 10%.

  8. Plan de pensiones.

    En el caso de que tengas contrato un plan de pensiones privado es que los datos aparezcan el borrador de forma correcta, pero es conveniente que lo compruebes por si existiese algún error en los importes reflejados.

  9. Inmuebles vacíos.

    Comprueba que la imputación de rentas inmobiliarias sobre inmuebles de tu propiedad que tengas vacíos son correctas. Si has vendido el inmueble la Agencia Tributaria lo seguirá incluyendo en tu borrador. Confirma que las imputaciones que aparecen son correctas.

  10. Deducciones autonómicas.

    En la mayoría de los casos son las grandes desconocidas en la declaración de la Renta, pero debes de tener presentes las deducciones autonómicas de tu Comunidad Autonómica, o sino perderás los beneficios fiscales de estas deducciones.

 

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